La acusación particular que ejerce la familia de Sandra Capitán, asesinada en el conocido como triple crimen de Dos Hermanas junto a su hija y su pareja, Yilmaz Giraz, recurrirá la sentencia emitida por la Audiencia de Sevilla condenando por tales hechos a 40 años de cárcel a Ricardo G.H. alias el ‘Pollino’, su padre Ricardo G.G. ‘el Cabo’ y su esposa, Elisa F.M, frente a las peticiones de prisión permanente revisable.
El abogado de la familia de Sandra Capitán, Juan de Dios Ramírez, ha explicado a Europa Press que una parte del recurso, a resolver por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se dirigirá contra el veredicto emitido por el jurado popular encargado del caso, al haber declarado no culpable de todo delito a Joaquina H. J., madre del ‘Pollino’, y excluir del delito de asesinato a Manuela M.O., David Ramón H.P. y José Antonio M.B., declarados culpables sólo de detención ilegal (como cómplice en el primer caso) y condenados merced a dicha tipificación.
La otra parte del recurso se dirigirá contra las penas dictadas por el tribunal de la Audiencia encargado del caso para los acusados declarados culpables de asesinato y detención ilegal, es decir el ‘Pollino’, su padre ‘el Cabo’ y su esposa, Elisa F.M.
Y es que la sentencia de la Audiencia, según este abogado, «no aplica conforme a la Ley los artículos 140.1.1 y 140.2 del Código Penal», pues en base a los mismos y los hechos declarados como probados en la resolución judicial, correspondía según este abogado que cada uno de ellos fuese condenado a una pena de cadena perpetua revisable, por cada una de las tres víctimas de los asesinatos. Tal extremo le ha llevado a señalar la «clarísima situación de vulnerabilidad» de Sandra Capitán, embarazada en el momento de ser asesinada, y de su hija de sólo seis años de edad.
A tal efecto, ha señalado la sentencia en la que el Tribunal Supremo condena a tres penas de prisión permanente revisable y una cuarta de 25 años de prisión al autor de los crímenes perpetrados en agosto de 2016 en Pioz (Guadalajara), considerando que con sentencias como esa y otras similares, el Supremo «ha dejado clarísima su doctrina» para este tipo de casos.
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