Categorías: NoticiasPolítica

La JEC rechaza la denuncia del PP por las declaraciones de Pedro Sánchez en el acto del PSOE que tuvo lugar en  Dos Hermanas

La JEC desestima la denuncia del PP, si bien es posible acudir a la vía judicial a fin de ser impugnada.

La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado la denuncia interpuesta por PP que traen causa de las declaraciones de Pedro Sánchez  y del secretario general del PSOE. La JEC manifestó que «de la documentación que obra en el expediente no se desprende que haya existido contratación de inserciones en medios de comunicación, ni cualquier otro tipo de contrato de difusión publicitaria de propaganda electoral en la que expresamente se solicite el voto» por parte de Sánchez.

La JEC – basándose en el artículo 53 de la Ley Electoral el cual establece que «desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones reconocidas en el apartado anterior»-  manifiesta que «de la documentación que obra en el expediente no se desprende que haya existido contratación de inserciones en medios de comunicación, ni cualquier otro tipo de contrato de difusión publicitaria de propaganda electoral en la que expresamente se solicite el voto, por lo que no cabe considerar vulnerado dicho precepto al ser efectuada en el curso de un acto de su partido político, como secretario general del mismo, debe entenderse amparada por el artículo 20 de la Constitución, pues no se acredita que se haya efectuado por dicho partido político algún tipo de contratación de difusión publicitaria para lograr una mayor propagación del mensaje emitido, siendo éste el sentido en el que debe interpretarse la Instrucción 3/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación de la prohibición de realización de campaña electoral incluida en el artículo 53» de la Ley Electoral.

Por ello la JEC desestima la denuncia del PP, si bien es posible acudir a la vía judicial a fin de ser impugnada.

Comments

comments

Veronica De Luna

Entradas recientes

VOX presenta moción contra la corrupción del gobierno en Dos Hermanas, “ciudad donde los socialistas presumen como “cuna del sanchismo”

REDACCIÓN El portavoz del Grupo Municipal VOX en el Ayuntamiento de Dos Hermanas, Adrián Trashorras,…

2 horas hace

Nerea Tovar: “Las VPO a más de 200.000 euros son viviendas para ricos disfrazadas de solución”

REDACCIÓN La concejala en Dos Hermanas denuncia la falta de políticas valientes para garantizar el…

2 horas hace

Condenado a dos años de cárcel por hacer insinuaciones sexuales a la hija de su jefe en Dos Hermanas

REDACCIÓN El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de dos años de…

23 horas hace

Detenido el conductor de un camión de Amazon tras un incidente con manifestantes en la factoría de Dos Hermanas

REDACCIÓN Un conductor de un camión de Amazon ha sido detenido por agentes de la…

1 día hace

El PP interviene el partido en Dos Hermanas y nombra una gestora

REDACCIÓN El Partido Popular ha decidido tomar el control directo de su estructura en Dos…

1 día hace

Detenido con más de 9.000 perfumes robados en una empresa de Dos Hermanas

REDACCIÓN La Guardia Civil ha detenido a un hombre de 28 años como presunto autor de un delito…

2 días hace