REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia que declara improcedente la extinción del contrato temporal de una trabajadora del Ayuntamiento de Dos Hermanas, al considerar que la relación laboral se mantenía en fraude de ley.
La resolución confirma el fallo previo del Juzgado de lo Social nº 6, que determinó que el contrato por circunstancias de la producción no estaba justificado legalmente, por lo que la trabajadora debía ser considerada indefinida. En consecuencia, la finalización del contrato fue equiparada jurídicamente a un despido improcedente.
Tal y como ha informado la sección sindical del SAB-SEM-SPPME la sentencia reconoció a la trabajadora el derecho a optar entre la indemnización o la readmisión. La afectada eligió reincorporarse a su puesto de trabajo, decisión que fue recurrida por el Ayuntamiento ante el TSJA.
El alto tribunal andaluz, en su sentencia de 15 de enero, desestimó el recurso y obligó al consistorio a readmitir a la trabajadora con carácter indefinido, imponiendo además el pago de las costas judiciales.
El fallo subraya que el uso indebido de la contratación temporal en la administración pública vulnera la normativa laboral y refuerza la protección de los trabajadores frente a la temporalidad injustificada.
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