REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de Dos Hermanas por incurrir en una práctica discriminatoria contra una trabajadora municipal, al vulnerar su derecho fundamental a la igualdad.
La resolución judicial concluye que el Consistorio aplicó de forma indebida una reducción en una ayuda al estudio, basándose en la jornada reducida de la empleada, motivada por la guarda legal de su hijo menor. El tribunal considera que esta actuación penaliza directamente el ejercicio de un derecho reconocido para la conciliación de la vida familiar y laboral.
El fallo es contundente: dicha práctica constituye una vulneración del artículo 14 de la Constitución Española, al introducir un trato desigual injustificado en un contexto especialmente protegido por la normativa laboral y constitucional.
Como consecuencia, la sentencia obliga al Ayuntamiento a abonar íntegramente la ayuda solicitada, además de indemnizar a la trabajadora con 7.500 euros por los daños morales derivados de la actuación administrativa.
Los hechos se remontan a la solicitud de ayudas al estudio por parte de la empleada, monitora municipal con contrato fijo-discontinuo desde 2015. Pese a tratarse de una situación amparada legalmente, el Ayuntamiento optó por aplicar un criterio restrictivo que ha sido ahora desautorizado por la justicia.
Esta condena no solo corrige un caso concreto, sino que evidencia una actuación administrativa que, según el criterio judicial, se aparta de los principios básicos de igualdad y protección de derechos laborales. La resolución refuerza además la obligación de las administraciones públicas de actuar con especial diligencia cuando están en juego derechos fundamentales.
El pronunciamiento del TSJA vuelve a situar bajo escrutinio la gestión del Ayuntamiento de Dos Hermanas en materia laboral, abriendo un nuevo foco sobre sus prácticas internas y su adecuación a la legalidad vigente.
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