La Justicia vuelve a condenar al Ayuntamiento de Dos Hermanas por “discriminar” a las trabajadoras fijas discontinuas

Esta práctica supone una discriminación indirecta por razón de sexo, al estar integrada esta categoría laboral mayoritariamente por mujeres, que son quienes se habrían visto especialmente perjudicadas por este criterio.

REDACCIÓN

Nuevo revés judicial para el Ayuntamiento. El Juzgado de lo Social número 10 ha estimado la demanda de conflicto colectivo presentada por el Sindicato de Empleados Municipales (SEM) y ha declarado que el Consistorio vulneró los derechos de los trabajadores fijos discontinuos al no reconocer correctamente su antigüedad.

La sentencia concluye que la antigüedad de estos empleados debe calcularse teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral y no únicamente el tiempo de servicios efectivamente prestados, tal y como venía haciendo el Ayuntamiento.

Pero el fallo va un paso más allá. Según recoge la resolución, esta práctica supone una discriminación indirecta por razón de sexo, al estar integrada esta categoría laboral mayoritariamente por mujeres, que son quienes se habrían visto especialmente perjudicadas por este criterio.

No es la primera sentencia

Desde el Sindicato de Empleados Municipales recuerdan que esta resolución no es un caso aislado, sino una nueva sentencia que vuelve a dar la razón a los trabajadores municipales y confirma la doctrina que ya viene marcando el Tribunal Supremo sobre los derechos de los empleados fijos discontinuos.

La resolución consolida el criterio de que la antigüedad debe computarse desde el inicio de la relación laboral, lo que afecta directamente al reconocimiento de trienios, promociones internas, procesos selectivos y otros derechos vinculados a los años de servicio.

Posibles consecuencias económicas

La sentencia podría tener importantes repercusiones para las arcas municipales.

El sindicato plantea ahora varias cuestiones que el Ayuntamiento deberá afrontar, entre ellas el importe que los trabajadores han dejado de percibir durante años al habérseles reconocido una antigüedad inferior a la que realmente les correspondía.

Además de reclamar los trienios no abonados, también podría abrirse la puerta a solicitudes de compensación por los perjuicios ocasionados en procesos de promoción interna y otros beneficios laborales ligados a la antigüedad.

El SEM anima a reclamar

El Sindicato de Empleados Municipales ha anunciado que, una vez la sentencia sea firme, informará a todos los trabajadores afectados para que puedan reclamar tanto las cantidades dejadas de percibir como las posibles indemnizaciones por los daños sufridos.

Con esta nueva resolución judicial, el Ayuntamiento suma otro pronunciamiento desfavorable en materia laboral, reforzando el criterio de los tribunales sobre la obligación de respetar los derechos de los trabajadores fijos discontinuos y poniendo de nuevo el foco en la gestión de los recursos humanos municipales.

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