REDACCIÓN
El Juzgado de lo Social nº 11 de Sevilla ha estimado parcialmente la demanda presentada por un peón de mantenimiento contra el Ayuntamiento de Dos Hermanas gobernado por el socialista Francisco Rodríguez, declarando improcedente su despido y condenando al Consistorio al pago de 3.363,85 euros en concepto de indemnización.
La sentencia, dictada el pasado 15 de julio de 2025, refleja la particular trayectoria del trabajador dentro de la plantilla municipal, marcada por la concatenación de contratos temporales desde 2007 hasta su cese en noviembre de 2024.
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Casi veinte años de contratos eventuales
El empleado inició su andadura en el Ayuntamiento el 2 de abril de 2007, con un contrato por obra o servicio que apenas duró seis meses. A partir de entonces, su vinculación con el Consistorio nazareno estuvo marcada por una constante sucesión de contratos eventuales:
• 2007 – 2009: Contratos por circunstancias de la producción, con periodos de actividad intermitente.
• 2009 – 2012: Nuevos contratos temporales, con un paréntesis de varios meses que, según la sentencia, impidió reconocer una antigüedad continua.
• 2014 – 2018: El trabajador volvió a ser contratado en distintas campañas, con funciones de apoyo en mantenimiento y servicios municipales.
• 2016 – 2021: Se encadenaron contratos de corta duración, siempre bajo la modalidad de eventual por circunstancias de la producción.
• 2022 – 2024: Nuevos contratos por obra y servicio o interinidad, ya sin interrupciones, hasta que finalmente se produjo el despido el 20 de noviembre de 2024.
En total, la relación laboral se materializó en 18 contratos diferentes, lo que, a juicio del trabajador, evidenciaba un fraude en la contratación temporal.
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La sentencia: improcedencia del despido
El juzgado reconoció que los contratos anteriores a abril de 2023 no podían sumarse a efectos de antigüedad por las interrupciones de más de siete meses entre algunos de ellos. Sin embargo, sí aceptó la continuidad desde el 24 de abril de 2023, cuando los contratos comenzaron a formalizarse de manera ininterrumpida hasta la fecha de cese.
Con un salario diario de 64,38 euros, y tomando en cuenta la fecha de despido del 20 de noviembre de 2024, la indemnización reconocida asciende a 3.363,85 euros.
La resolución obliga al Ayuntamiento a elegir entre readmitir al trabajador en su mismo puesto y condiciones, o bien abonarle la indemnización.
Un caso que reabre el debate sobre la temporalidad en la administración
El caso pone de relieve la prolongada utilización de contratos temporales en la administración local, una práctica cada vez más cuestionada en los tribunales.
El fallo no solo supone una victoria parcial para el trabajador demandante, sino que también evidencia la necesidad de reforzar la estabilidad laboral en los servicios municipales, un asunto que podría tener implicaciones en futuros litigios contra el Ayuntamiento de Dos Hermanas.
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