El TSJA condena al Ayuntamiento de Dos Hermanas a pagar 350.000€ por una tasa municipal ilegal

El caso deja al Ayuntamiento sin poder aplicar esta tasa en los términos aprobados en 2017

REDACCIÓN

Nuevo revés judicial para el Ayuntamiento de Dos Hermanas gobernado por el socialista Francisco Rodríguez. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a través de su Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, ha vuelto a respaldar a Red Eléctrica de España y ha confirmado la anulación de la tasa municipal que el Consistorio aplicaba por el uso privativo del dominio público local para instalaciones de transporte de energía.

La sentencia hecha pública por Adrián Trashorras, portavoz del grupo municipal de Vox, fechada el 29 de octubre de 2025, desestima el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento contra un fallo previo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de Sevilla. Aquel pronunciamiento ya estimaba íntegramente la demanda de Red Eléctrica y anulaba las liquidaciones correspondientes a los ejercicios 2021 y 2022, por un importe global de 346.126,48 euros.

Pero el varapalo no se limita a esas liquidaciones. En su resolución, el juzgado también declaraba contraria a Derecho la propia Ordenanza Fiscal que regula esta tasa, aprobada en 2017. Según el tribunal de instancia, su aplicación y cálculo no se ajustaban al marco legal vigente, lo que obligaba a elevar una cuestión de ilegalidad al TSJA.

El Ayuntamiento, representado por el letrado Antonio Luis Márquez Tobajas, recurrió esa decisión al considerar que la sentencia contenía errores y defendiendo la validez de la norma municipal. Red Eléctrica, por su parte, mantuvo su oposición frontal al recurso y pidió la confirmación del fallo.

Tras meses de trámite y revisión, el TSJA ha zanjado el asunto: respalda la sentencia de primera instancia, confirma la anulación de las liquidaciones y avala que la ordenanza municipal no supera el examen jurídico, además de obligar al Ayuntamiento de Dos Hermanas a pagar a dicha empresa casi 350.000 euros.

El caso deja al Ayuntamiento sin poder aplicar esta tasa en los términos aprobados en 2017 y obliga a revisar su regulación si pretende volver a exigirla en el futuro.

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