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El Tribunal Supremo anula el indulto de María Salmerón

La quinteña tenía un indulto parcial concedido por el Gobierno en junio de 2016

Fuente: Diario.es

Ayer se conoció que el TS ha revocado el indulto parcial actualmente presente en María Salmerón, así pues, este ya no tiene efecto aunque fuera impuesto por el Consejo de Ministros (en funciones) en verano de 2016.

La sevillana fue una mujer maltratada por su marido y que fue condenada a seis meses de prisión por desobediencia al incumplir la custodia compartida de su hija con el padre de ésta. Por su parte, el ex marido está condenado a un año y nueve meses de cárcel y a alejamiento por malos tratos.

A la resolución del Tribunal ha tenido acceso Europa Press que fue dictada ayer día 20 de marzo. El TS estima el recurso contencioso-administrativo presentado por la Asociación de Víctimas de la Ley de Violencia de Género (Avilegen) y Antonio Ruiz Daza, el marido de María Salmerón y condena además al Gobierno de España a pagar 4.000 euros en concepto de costas.

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María Salmerón debió haber entrado en prisión hace dos años aproximadamente durante cuatro meses por delito de desobediencia a la ley ya que no acató el régimen de visitas de su hija con el padre. El Consejo de Gobierno la indultó hasta ahora.

Según explicó entonces la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Soraya Sáenz de Santamaría, Salmerón recibía un indulto parcial por el que se conmuta la pena de privación de libertad por 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad y siempre que abonara las responsabilidades civiles impuestas, dadas las «circunstancias excepcionales» que concurrían en su caso.

Este no era el primer indulto el otorgado a la sevillana por parte del Gobierno y en referencia al mismo delito. En febrero de 2016 fue indultada parcialmente y se evitó que cumpliera seis meses en prisión por incumplir el régimen de custodia con el padre a cambio también de trabajos en beneficio de la comunidad.

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