El juez decreta dos años más de prisión provisional a los presuntos asesinos de “El Suizo”
Según el instructor, existe un riesgo "elevado" de que ambos huyan si son puestos en libertad porque la pena a la que se exponen es alta y porque no tienen arraigo en el territorio español
REDACCIÓN
El hombre y la mujer que están siendo investigados por la muerte violenta de Rafael L.R., amigo del primero y esposo de la segunda, no volverán a casa por Navidad. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Dos Hermanas ha decidido que Clemente M.P. y Tamara N.B. continúen dos años más en prisión provisionalpara así evitar que huyan o que vuelvan a cometer un delito antes de que se celebre el juicio. El juez considera que ese riesgo sería “elevado” si ambos fuesen puestos en libertad, así que a la espera de que concluya la instrucción del caso y de que este sea enviado a la Audiencia de Sevilla para que sea enjuiciado por un jurado popular, los dos supuestos homicidas permanecerán recluidos hasta principios de 2026.
Así lo ha decidido el juzgado nazareno tras una vista celebrada hace unos días. Era lo preceptivo, ya que estaban a punto de cumplirse dos años desde que ambos fueron detenidos, el 10 de enero de 2022, y sus defensas habían solicitado que se les concediese la libertad provisional. Lógicamente, la Fiscalía y la acusación particular ejercida por la familia de la víctima se opusieron. El juzgado ha rechazado la petición de las primeras y ha estimado la de las segundas.
Tal como establecen los artículos 503 y 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), la prórroga de la prisión provisional (hasta un máximo de cuatro años en total) está justificada si se cumplen dos condiciones. Una, que sirva para “asegurar la presencia del imputado en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga”. La otra, “evitar el riesgo de que el imputado cometa otros hechos delictivos” si se lo pone en libertad. En el caso de Clemente y Tamara, según el juez, esos requisitos están más que satisfechos.
El riesgo de fuga, prosigue el auto, es “totalmente predicable” de Clemente y Tamara por dos razones. Por un lado, “lo elevado de las penas que pudieran imponerse” a ambos, “de hasta 25 años”. Y por otro, su “falta de arraigo”. El juez enumera como pruebas de ese desarraigo “la falta de trabajo y de bienes inmuebles de valor importante en territorio español”. La viuda tiene dos hijos (también lo son de la víctima), “pero uno de ellos es mayor de edad e independiente y la otra vive con un familiar”, matiza el auto. En cuanto al hombre, “ningún dato apunta a un mínimo de arraigo” que disminuya o disipe el “elevado riesgo de fuga”.
Respecto a la posibilidad de que el investigado vuelva a cometer un delito si regresa a la calle, el auto se refiere exclusivamente a Tamara N.B. y cita la “existencia de un antecedente penal por delitos de la misma naturaleza” dictado en 2017 por un tribunal de Zurich (Suiza). En concreto estuvo dos años encarcelada por intentar matar a la novia del hermano de su marido.
Este cúmulo de circunstancias “justifica adecuadamente la prórroga de la prisión provisional” solicitada por la Fiscalía y la acusación particular, sentencia el Juzgado Mixto número 1 de Dos Hermanas.
La LECrim también establece que la prisión provisional no puede exceder de dos años si el delito que se investiga se castiga con una pena de cárcel superior a los tres años. Ahora bien, si concurren “circunstancias que hicieren prever que la causa no podrá ser juzgada en aquellos plazos”, se puede acordar una sola prórroga de hasta dos años más. Es lo que ordena el artículo 504.2. “En el presente supuesto”, explica el juez de Dos Hermanas, obviamente aún no ha habido juicio y la posible condena de prisión es mayor de tres años porque lo que se investiga es un asesinato. Eso, “sumado al riesgo real y actual de fuga y sustracción efectiva a la acción de la Justicia” por parte de los dos imputados, “exige mantener la prisión provisional hasta el máximo legal”, insiste.