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El PP de Dos Hermanas cuestiona la convocatoria de empleo municipal que considera desigual y en detrimento de la meritocracia

Carmen Espada: "No podemos aceptar la provisión de plazas de personal laboral fijo dentro de un proceso de estabilización y consolidación de empleo temporal, en el que la antigüedad, los cursos y una entrevista, sean los criterios de acceso al mismo"

REDACCIÓN

Las reacciones a la convocatoria de empleo municipal se siguen sucediendo. En primer lugar fue Podemos DH, posteriormente Vox y ahora es el PP quien cuestiona el procedimiento de esta contratación pública.

Carmen Espada, ha señalado que el equipo de gobierno que preside el edil Francisco Rodríguez se pretende justificar en el Real Decreto de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de 2021,  para “afianzar” a aquellos que llevan prestando servicios, sin haber accedido a la función pública por los cauces adecuados, rompiendo así la igualdad al derecho al acceso al trabajo y la igualdad de oportunidades, obviando la capacidad y meritocracia.

La interinidad de los funcionarios públicos ya viene siendo un problema desde hace años, cuando en 2005, la propia Comisión Europea señaló la necesidad de implantar medidas urgentes y que tampoco ha logrado una solución definitiva con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Invocando el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que contempla la reducción de la temporalidad en el empleo público y el compromiso adquirido con la Comisión Europea de aprobar las reformas estructurales en el ámbito del empleo público necesarias para atajar dicho problema, la norma establece la ampliación de los procesos de estabilización de empleo temporal ya establecidos, sin embargo, hay que exigir un control adecuado y un proceso transparente y legítimo, señala Espada.

De un lado, la norma ahora aprobada autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas, y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. 

En este orden, el concejal popular Joaquín Lillo señala que, el sistema de selección será el de concurso-oposición, con una “generosísima” valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total (recordemos que la STC 67/1989 declaró constitucionalmente admisible hasta un cuarenta y cinco por ciento), en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios en fase de oposición; pero que en ningún caso puede ser el criterio determinante.

Para los populares este proceso obedece sin duda alguna a otros intereses e insisten en que las plazas de estabilización de empleo han estado ocupadas continuadamente, aunque no haya sido durante ese período por la misma persona, con lo que el consistorio debería haber accedido a los procedimientos legales, durante estos años, para convocar conforme a ley los puestos necesarios.

En este sentido recuerdan que a las plazas de estabilización se pueden presentar cualquier persona que cumpla los requisitos generales de edad, nacionalidad, titulación exigida y demás puede participar en los procesos selectivos de estabilización de empleo. NO es un requisito para participar ser personal interino o laboral temporal de la Administración Pública.

Desde la formación popular insisten en que estos procesos selectivos deben respetar necesariamente el principio de libre concurrencia y, por tanto, debe consistir en un concurso-oposición abierto, al que pueda acceder cualquier persona que cumpla con los requisitos, dando valor no sólo a la experiencia laboral, sino también a las titulaciones y certificaciones que abalan la formación del participante, y ello, en función de la meritocracia.

La portavoz popular, Espada, afirma que es entendible que la experiencia en la Administración Pública, se puntúe más, siempre que haya sido en los Cuerpos, Escalas y oposiciones con idénticas funciones a las plazas ofertadas, pero que, en ningún caso, pueden considerarse las actividades de perfeccionamiento y formación de cursos como impartidas y homologadas con idéntico criterio que la formación académica reglada en colegios, institutos o universidades, dando así especial relevancia y valor a la formación de aquellos que quieran acceder.

Espada insiste en que no podemos aceptar la provisión de plazas de personal laboral fijo dentro de un proceso de estabilización y consolidación de empleo temporal, en el que la antigüedad, los cursos y una entrevista, sean los criterios de acceso al mismo.

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