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Deniegan reabrir la querella de las docentes contra la madre de la niña autista que denunció vejaciones

Las docentes denunciaron a la madre de la pequeña

La Audiencia de Sevilla ha desestimado un recurso de apelación interpuesto por las docentes del Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Cervantes de Dos Hermanas objeto de una denuncia de una familia por presuntos insultos y trato vejatorio a su hija autista menor de edad; una denuncia archivada en una decisión judicial recurrida por la familia, contra un auto previo que denegaba ya reabrir las diligencias correspondientes a la querella por supuesto acoso y coacciones formulada por las docentes contra la madre de la citada niña.

En un auto emitido el pasado 22 de noviembre y recogido por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de tres de estas docentes, contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Dos Hermanas «que acordaba no haber lugar a la reapertura de la causa, sin perjuicio del ejercicio de las correspondientes acciones civiles», toda vez que en febrero de 2020 dicho juzgado ya decidió archivar las actuaciones derivada de la querella de estas profesoras contra la madre de la niña por presuntos delitos contra la intimidad, de acoso y coacción.

Y es que según el juzgado, «ni de las declaraciones de las partes, ni de la documental y ni de las restantes pruebas practicadas, resultan indicios objetivos de la existencia de posible infracción criminal».

En ese sentido, la Sección Séptima de la Audiencia determina que las docentes «pretenden la reapertura de las actuaciones aduciendo que en septiembre de 2020 y febrero de 2021 la denunciada Rocío publicó nuevos comentarios en Facebook, movilizando a los padres del CEIP Cervantes al que se reincorporaron dos de ellas al comienzo de este curso escolar para impedir que ejercieran sus funciones docentes, y dando mayor difusión a la grabación de 22/04/2019 aportada al inicio de estas diligencias, lo que consideran constitutivo de delitos contra la intimidad, coacciones y acoso».

LOS ARGUMENTOS DEL RECURSO

Especialmente, la representación de las docentes centraba su recurso contra la denegación de la reapertura de la causa «en el seguimiento del destino laboral» de una de las profesoras y «la difusión de esa grabación entre los padres del CEIP Manuel Alonso donde después ha desarrollado su labor docente».

La Audiencia, no obstante, expone que respecto a la grabación, ya había resuelto anteriormente que «ni en la querella ni en el recurso, como tampoco ahora, se especifica cuál sería el contenido ‘reservado de carácter personal o familiar’ supuestamente revelado en esas grabaciones, sin que el mero hecho de realizar y divulgar las mismas integre, en sí mismo y por sí solo, los elementos configuradores tipo» delictivo invocado.

«Se aportan además diversos pantallazos» de un grupo de WhatsApp, según la sentencia, «en los que solo se recogen opiniones personales de la denunciada y otras personas que objetivamente no pueden tildarse de ofensivas o vejatorias, sin que por su entidad o gravedad puedan reputarse penalmente injuriosas ni coactivas», «sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen», indica la Sección Séptima de la Audiencia, rematando que «el hecho de contactar con otros padres de alumnos o averiguar el centro donde imparte enseñanza una de las querellantes tampoco reviste caracteres delictivos».

Por eso, el tribunal desestima el recurso de apelación y confirma el auto en el que el pasado mes de mayo, el Juzgado número dos de Dos Hermanas denegaba ya «no haber lugar a la reapertura de la causa».

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