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El TSJA confirma diez años de cárcel por tirotear la entrada de una discoteca de Dos Hermanas

El condenado hirió a siete personas en un ataque motivado porque no le habían dejado entrar en el local

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)ha confirmado la sentencia impuesta en febrero del año pasado por la Audiencia Provincial de Sevilla, que condenaba a 10 años y 2 meses de prisión a un individuo que en 2016 tiroteó la entrada de una discoteca de Dos Hermanas porque no le habían dejado acceder. El ataque dejó a siete personas heridas, de las cuales una perdió la visión de un ojo.

La defensa del acusado, identificado como Michael T. C., recurrió la sentencia y ahora el TSJA ha desestimado sus argumentos. La sala entiende que hay suficiente material probatorio practicado en el juicio para llegar a la conclusión de que el procesado fue el responsable del tiroteo.

Los hechos ocurrieron sobre las cinco de la madrugada del 2 de octubre de 2016.

A esa hora, el acusado, junto con otras personas, acudieron a la discoteca Sala Hispano, ubicada en la avenida 28 de febrero de la localidad nazarena. El personal de seguridad no le permitió la entradaporque estaba bebido. Eso motivó una discusión que no fue a mayores. Michael T. C., según detalla el capítulo de hechos probados, intentó por segunda vez entrar cuando había pasado una hora. Pero obtuvo la misma respuesta. Poco después regresó con una escopeta, se apostó en una esquina, situada a unos 30 metros de la entrada, y disparó hacia un grupo donde había unas 20 personas. Siete de ellas resultaron heridas.

Su defensa argumentó que la condena se basó en indicios porque no hubo una identificación plena del acusado como la persona que disparó aquella noche. El tribunal llegó a esa conclusión a través de la suma de indicios y así lo admite en su sentencia. El TSJA concluye que todos ellos conforman un material suficiente para probar la culpabilidad del procesado. Entre estos indicios: su coche era del mismo modelo y color que usó el autor del tiroteo, le incautaron armas del mismo calibre, vestía aquella noche ropa similares a las que llevaba puesto el tirador, mantuvo una discusión instantes antes de que se produjera el tiroteo y, además, permaneció escondido durante varios días hasta que fue localizado y detenido por la Policía.

A este conjunto de indicios, el TSJA destaca, además, la debilidad del testimonio del acusado a la hora de negar haber realizado el tiroteo. Según Michael T. C., tras no poder entrar en la discoteca, se marchó y estuvo con unos jóvenes pasando la noche. Pero no supo identificarlos. «Esta falta de aportación y aun de mera identificación de unos posibles testigos de descargo obliga a pensar que si el acusado no ha hecho lo posible para que declararan en el proceso a su favor es, bien porque no hay tales testigos, bien porque no le convenía su testimonio. Y eso es también un dato a tener en cuenta, con el valor todo lo accesorio o complementario que quiera la defensa«.

La sentencia del TSJA puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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