
REDACCIÓN
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de dos años de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un hombre por realizar insinuaciones de claro carácter erótico a una niña de sólo 12 años. La víctima, a la sazón la hija de su jefe, sufrió distintos capítulos de estos ataques contra su libertad sexual durante varios meses, entre ellos uno en el cumpleaños de una amiga.
Los hechos ocurrieron en 2022. José G.O., un ciudadano de El Salvador sin antecedentes penales, residía en aquel entonces en Dos Hermanas en una habitación que le había alquilado el hombre para quien trabajaba, el padre de la menor. La niña vivía en esa finca algunas temporadas, de acuerdo con el régimen de custodia que sus progenitores habían firmado al divorciarse.
El 30 de octubre, aprovechando la celebración del cumpleaños de una amiga de la menor, el acusado se sentó a la mesa del porche junto a la niña y «con ánimo lascivo y libidinoso» puso una mano sobre el muslo de la pierna derecha de ella «en dirección a su zona íntima». La joven reaccionó a tiempo, «le agarró la mano y la apartó bruscamente».
No era el primer episodio de abuso. Dos semanas antes, el procesado ya había dado «un manotazo en el trasero» a la menor. Y tampoco fue el último. El 5 de marzo de 2023, mientras la víctima se encontraba en su habitación, el investigado entró y le pidió explícitamente fotos suyas para masturbarse, entre otras barbaridades.
Este es el relato de hechos probados que aparece en la sentencia inicial dictada el 17 de febrero de 2025 por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, facilitada por la oficina de comunicación del TSJA. En una segunda sentencia fechada el 11 de junio, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ratifica tanto esa narración como la argumentación de los magistrados que juzgaron el caso y desestiman el recurso de apelación del condenado, así que confirman la pena de dos años de cárcel por un delito de agresión sexual a menor de 16 años y de quince días de localización permanente por un delito leve de vejaciones. También estará cinco años en libertad vigilada y no podrá dedicarse a ningún gtrabajo ni actividad relacionada con menores de edad durante seis años. Además, deberá indemnizar a la víctima con 1.000 euros por el daño moral que le ha causado.



