La Justicia reprocha a una aseguradora y la condena con más de 228.000 euros tras su negativa a indemnizar a una empresa de Dos Hermanas
La sentencia reprocha a la compañía su "oposición injustificable" y le obliga además a abonar los intereses acumulados desde 2013.

REDACCION
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a una compañía aseguradora que se negó durante años a indemnizar a una empresa de Dos Hermanas por la destrucción de uno de sus vehículos en un incendio intencionado, obligándola finalmente a abonar 228.309 euros, además de los intereses de demora generados desde septiembre de 2013.
La resolución judicial pone fin a un largo litigio iniciado tras unos disturbios ocurridos en septiembre de 2011, durante los cuales resultó destruido un vehículo propiedad de la mercantil nazarena Servicios Urbanos Amarillos S.L.U.. Desde entonces, la empresa reclamaba la cobertura del siniestro contemplada en su póliza de seguros.
El Supremo critica la postura de la aseguradora
La Sala de lo Civil del Alto Tribunal considera que la aseguradora mantuvo una estrategia procesal injustificada, pese a disponer de elementos suficientes para asumir la cobertura del siniestro años atrás. Por ello, además de la indemnización principal, la compañía deberá hacer frente a los intereses de demora previstos en la Ley de Contrato de Seguro, acumulados durante más de una década.
Según recoge la sentencia, la controversia giraba en torno a si los daños ocasionados por el incendio debían estar cubiertos por la póliza o quedar excluidos por tratarse de unos hechos vinculados a altercados y disturbios. Finalmente, el Supremo ha respaldado el derecho de la empresa nazarena a ser indemnizada.
Más de una década de batalla judicial
El caso ha recorrido distintas instancias judiciales antes de llegar al Tribunal Supremo, que ahora cierra definitivamente una disputa que se ha prolongado durante más de diez años. La resolución supone un importante respaldo para la empresa afectada y un serio revés para la aseguradora, que deberá asumir una cantidad muy superior a la inicialmente reclamada debido al efecto de los intereses legales acumulados durante todo este tiempo.




